top of page
  • IIE - Defensa

La Eficacia en la Contratación del Sector Público por parte de los Administradores

El pasado 17 de junio el Comité de Tecnologías de la Defensa del Instituto de la Ingeniería de España, organizó la jornada “Eficacia en la Contratación del Sector Público”, presidida por D. Enrique Rodríguez Fagúndez, presidente del Comité de Tecnologías de la Defensa del I.I.E y con la participación de los ponentes D. José Vicente Cebrián Echarri. Ingeniero Industrial, vocal del Comité de Tecnologías para la Defensa del IIE y D. Luis Estaire Álvarez. Ingeniero Industrial. Licenciado en Derecho, vocal del Comité de Tecnologías para la Defensa del IIE.


Comenzó el señor Cebrián quien presentó al señor Estaire, amigo y compañero. Comenzó pues la jornada D. Luis, hablando sobre lo que tiene que tener en cuenta un responsable de un órgano de contratación de un poder adjudicador, para hacer las cosas mejor y de forma más eficiente. El año pasado el PIB de España, fueron 1.2 billones de euros, de ese montante el 20% representa una empresa que factura 20.000 millones de euros, no hay una empresa que pueda rivalizar en España, factura 20 más que la segunda empresa más fuerte. Para controlar tales cantidades, necesitamos unos poderes adjudicadores que podemos catalogar en tres: administraciones (Comunidades Autónomas, entes locales, etc), financieras y por último las pertenecientes al sector público, partidos políticos, universidades, etc. La sumatoria de todos los poderes adjudicadores debe sumar 5000 millones de mejora.


Para poder realizar un procedimiento de contratación pública, se debe realizar una serie de fases o etapas. La primera es la preparación, donde se identifican las necesidades y se elaboran los proyectos. La fase previa a la licitación, se realiza la selección del tipo de procedimiento. Procedimiento de la licitación, se realiza la elaboración de un pliego de condiciones, se especifican los criterios de selección y adjudicación, se publica la licitación, se abre examinan y evalúan las ofertas y por último, se elige, se firma y se notifica la adjudicación del contrato. Para finalizar se realiza la gestión del contrato, donde se paga a los contratistas, se realizan los cambios y/o modificaciones pertinentes y se manifiesta el acta de recepción definitiva, vigilando la correcta aplicación del contrato. Todo ello aprobado, homologado y controlado por el Tribunal de Cuentas Europeo.


En cuanto a la legislación deberemos tener en cuenta las directivas de 2014, que abogan por: la transversalidad de los requisitos a lo largo del ciclo de vida, la publicidad, transparencia, libre concurrencia, tener en cuenta los aspectos sociales, medioambientales e innovadores en la vinculación al objeto del contrato. El Estado añade además la contratación electrónica obligatoria, se dará la adjudicación: según la mejor relación calidad/precio y los aspectos estratégicos y debe tener una precisa, completa e inequívoca elaboración de los pliegos. A todo ello hay que sumarle los reglamentos, normas técnicas y leyes, supervisado por organismos de normalización ISO, CEN, UNE-AENOR. Para regular la competitividad, dependiendo de la intensidad regulatoria de cada país miembro y comprobar que esta no afecta negativamente, se establece un binomio coste-beneficio con una curva de “Laffer” (si aumentas el tipo del impuesto, recaudas más, pero hasta un nivel determinado).


Hay que poner en contrapunto la legislación frente a la normalización si se quiere optar a una contratación pública: mientras que la legislación es obligatoria, por decisión del legislador, establece requisitos mínimos de seguridad, salud y se realiza mediante los criterios del legislador, las normas técnicas se realizan: de forma voluntaria, mediante consenso de las partes interesadas y cumple los requisitos mediante soluciones técnicas actualizadas.


Cuando se certifica que un producto cumple una norma técnica, es indiferente en qué país se haya certificado (siempre y claro que esté dentro de la UE), ya que se ha realizado una evaluación acreditada previamente por un organismo válido de la UE. Una vez conforme, se pasa a realizar el pliego, que debe cumplir una serie de características: debe determinar las condiciones de acceso a licitación, debe tener la aprobación previa a autorización gasto, no son modificables, se debe establecer las especificaciones de la obra, servicio y/o suministro, el nivel de calidad debe ser compatible con el coste y debe cumplir los aspectos estratégicos: sociales, innovadores y medioambientales. A todo ello hay que sumarle que los pliegos deben tener libre concurrencia de licitadores, deben ser lo más ventajosos posibles en relación calidad/precio, deben tener solvencia técnica para cumplir la legislación y deben alcanzar los requisitos con la mayor claridad posible aportando la documentación que esclarezca la calidad y legislación y normas aplicables.


Para cerrar la jornada el señor Estaire, realizó una serie de conclusiones necesarias a la hora de establecer la eficacia en contratación pública basadas en 7 puntos.

  1. Regulación comprensible, estable y aplicable.

  2. Elaboración y evaluación debe tener impacto sobre la libre concurrencia.

  3. Pliegos completos y precisos son la clave del éxito.

  4. Adjudicación: publicidad, transparencia, relación calidad-precio.

  5. Indicadores mensurables en las fases del proceso.

  6. Necesaria proyección de los sistemas de gestión al objeto del contrato.

  7. Poder adjudicador carece de recursos y competencias suficientes para conseguir el 2% de beneficio, lo que puede suponer pérdidas de hasta el 3%.










Categorías

Entradas destacadas
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Icono social de YouTube
  • Icono social LinkedIn
  • Icono social Instagram
  • Google+ Basic Square
bottom of page